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Extravio de equipajes: cómo actuar

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Extravio de equipajes: cómo actuar Empty Extravio de equipajes: cómo actuar

Mensaje  RaNiTa_CaXoNdA Mar Abr 01, 2008 7:59 pm

Una vez que se ha comprobado que las maletas no aparecen por la cinta transportadora, ni tampoco está depositada en sus aledaños, la persona presuntamente damnificada debe presentar una reclamación formal, denominado Parte de Irregularidad de Equipaje (P.I.R.), en el departamento que corresponda, generalmente en la misma sala de recogida de equipajes, en la unidad de Atención al Cliente. En la reclamación de la incidencia se debe especificar, junto con el número de vuelo y destino del viaje, la descripción del equipaje perdido, así como una dirección donde se desean recibir las maletas en cuanto aparezcan.

Plazo de reclamación
Las personas que tengan mucha prisa y que no quieran tramitar la reclamación al instante, disponen para hacerlo de un plazo de 10 días en el caso de los vuelos nacionales y 21 días en las conexiones internacionales, mientras que la acción para exigir el pago de indemnizaciones prescribe a los seis meses.

En el transporte aéreo, el momento de la facturación del equipaje resulta determinante para la suerte de las maletas en caso de extravío o pérdida. El operario que despacha los billetes siempre entrega al pasajero un talón de equipaje facturado junto con los billetes. Desde el instante de la facturación, el viajero se desentiende del equipaje. Una vez que el pasajero llega a su lugar de destino, tiene derecho a recuperar sus pertenencias confiadas a la compañía en perfectas condiciones. En caso de retrasos, daños o pérdidas, el porteador (compañía aérea) es el responsable de este tipo de incidencias, con las compensaciones económicas que correspondan, con baremos relacionados con el peso de las maletas.

Indemnizaciones
En vuelos nacionales, la indemnización por retraso en la entrega de las maletas puede rondar el precio del billete. Según Aena, el deterioro o pérdida del equipaje facturado o de mano se indemniza hasta 736,74 euros por unidad. En vuelos internacionales, el límite de las indemnizaciones por pérdida, destrucción, deterioro o retraso del equipaje facturado está en 25,05 euros por kilo. Para el equipaje de mano, la responsabilidad está limitada a 489,20 euros por pasajero.

En este enlace están los importes de indemnización:
www.losviajeros.com/in...amp;t=4461

Las personas que no estén de acuerdo con la indemnización, y antes de emprender acciones legales (para lo que disponen de un plazo de dos años), pueden elevar sus reclamaciones a la Sección de Atención al Usuario de la Dirección General de Aviación Civil, organismo dependiente del Ministerio de Fomento.

Ante los trastornos o perjuicios que el retraso de sus pertenencias provoca al pasajero afectado, ya sea por cuestiones de negocio, familiares, personales o cualquier otra, las compañías aéreas disponen de un sistema de compensación internacional que incluye el reintegro del importe de ciertas prendas adquiridas, debidamente acreditadas con facturas, ya sea calzado, camisa o trajes. Además, las aerolíneas entregan una pequeña bolsa de aseo a la persona afectada por la pérdida.

Un enlace a sentencias sobre extravíos de equipajes:
www.losviajeros.com/in...mp;t=12620
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